¿Vas a Emprender? Esto es lo Primero que Debes Saber del SAT

Artículo

5/22/2026

¿Vas a Emprender? Esto es lo Primero que Debes Saber del SAT

Emprender también implica conocer las normas básicas que te ayudarán a evitar problemas legales y fiscales en el futuro. Por ello, en esta ocasión hablaremos sobre uno de los temas más importantes para cualquier emprendedor: el Derecho Fiscal. Conocer tus obligaciones ante el SAT puede ayudarte a evitar multas y sanciones, ya que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.

Para poder empezar a facturar en nuestro país debes llevar a cabo lo siguiente

Elegir el tipo de régimen fiscal

Ya sea para persona física o persona moral, ya que es necesario saber cómo facturarás y el régimen adecuado a tus ingresos y actividad a realizar.

Persona física con actividad económica

Es un individuo que realiza actividades económicas, industriales o profesionales por cuenta propia, por lo que adquiere obligaciones fiscales ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Estos tienen la característica de actuar con su propio nombre, deben emitir facturas electrónicas, presentar declaraciones provisionales y anuales, además de pagar impuestos.

Las cuales se dividen en los siguientes regímenes:

Actividad empresarial

Comercios, restaurantes, talleres, etc.

Servicios profesionales

Se requiere título profesional como abogados, contadores, médicos, etc.

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Es un esquema fiscal que el SAT implementó desde el año 2022 para facilitar el pago de impuestos. Dentro de los beneficios que tiene es que las tasas de impuesto son mucho más bajas que el régimen general, con mejor simplificación administrativa y contable, ideal para emprendedores con ingresos anuales menores a $3.5 millones de pesos. Pagan ISR de 1% a 2.5%.

Arrendamiento

Ideal para las personas que rentan bienes inmuebles.

Persona Moral (Empresa o Sociedad)

Los tipos de regímenes de las sociedades mercantiles son los siguientes:

  • Sociedad Anónima (S.A.)
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (S. de R.L.)
  • Sociedad Cooperativa (S.C.)
  • Sociedad en Comandita por Acciones (S. en C. por A.)
  • Sociedad en Comandita Simple (S. en C.)
  • Sociedad en Nombre Colectivo (S. en N.C.)
  • Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
  • Sociedad Anónima Promotora de Inversión (S.A.P.I.)
  • Sociedad Anónima Promotora de Inversiones de Capital Variable (S.A.P.I. de C.V.)

RESICO Persona Moral

Está diseñado para empresas con ingresos hasta $35 millones de pesos enfocado en flujo de efectivo. A diferencia de las personas físicas, el RESICO es opcional; la autoridad fiscal puede asignar automáticamente a las personas morales si cumplen los requisitos.

E.FIRMA y Buzón Tributario

Tienes que agendar tu cita en oficinas del SAT para tramitar tu firma autógrafa denominada e.firma (firma electrónica avanzada), ya que la vas a necesitar para emitir facturas, presentar tus declaraciones y dar de alta el buzón.

El buzón es el canal oficial entre el SAT y tú, el cual actualmente es obligatorio tenerlo. Para poder tener el buzón del SAT debes registrar un correo electrónico y un número de teléfono, y así evitar multas.

Certificado de Sello Digital (CSD)

Este es un certificado para facturar, es decir, un Certificado de Sello Digital (CSD), emitido por el SAT y compuesto por archivos .cer, .key y una contraseña, indispensable para sellar facturas electrónicas y garantizar su autenticidad.

Facturación

Todos los datos deben coincidir con la base de datos del SAT, reuniendo los siguientes requisitos:

  • RFC vigente
  • Nombre completo o razón social
  • Código postal del domicilio fiscal
  • Régimen fiscal

En síntesis

  • Date de alta en el SAT y selecciona el tipo de régimen.
  • Tramita tu e.firma.
  • Activa tu buzón tributario, ya que es obligatorio.
  • Solicita tu CSD para poder facturar.
  • Revisa la constancia de situación fiscal de tus clientes.
  • Usa plataformas propias o el portal del SAT.
  • Presenta declaraciones informativas, mensuales, bimestrales y anuales para evitar sanciones.